Se comunica, que el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de 28 de julio de 2020, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
PREVENCION-RECOMENDACIONES CRISIS SANITARIA PANDEMIA COVID-19
Con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón, Orden SAN/474/2020, de 19 de junio, por la que se adoptan medidas de prevención contención, ocasionadas por la pandemia, y por la Orden SAN/585/2020, de 13 de julio, por la que se adoptan nuevas medidas en el uso de la mascarilla para hacer frente a la crisis sanitaria.
El Ayuntamiento de Bañón, recuerda a todos los vecinos que la situación epidemiológica que se está produciendo por la difusión del Coronavirus COVID-19, requiere extremar las medidas básicas de prevención y de higiene personal.
Se recuerda igualmente a todos los titulares y responsables de establecimientos públicos, la necesidad de aplicar adecuadamente las normas básicas de higiene en sus establecimientos.
Esta Corporación recomienda:
PRIMERO. Actividades de Asociaciones, espectáculos públicos y locales de peñas, deberán desarrollar sus actividades, de cualquier índole, conforme al principio de precaución con objeto de prevenir la generación de riesgos innecesarios para sí mismos o para otros y de evitar la propagación del virus causante de la pandemia.
Cumplirán con el aforo permitido, medidas higiénico sanitarias y garantizando la distancia de seguridad interpersonal.
SEGUNDO. Actividades de hostelería y terrazas al aire libre en establecimientos para consumo en local, aplicándose las medidas de higiene y prevención, garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal establecida en el artículo 4º de la Orden SAN/474/2020, de 19 de junio, por referencia a las mesas o agrupaciones de mesas.
TERCERO .- Uso obligatoria de mascarilla con independencia de la distancia interpersonal en los espacios públicos. Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
Se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.
Queda sin efecto el apartado Cuarto.1.a) de la Orden SAN/474/2020, de 19 de junio, de la Consejera de Sanidad, por la que se adoptan medidas de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Distancia de seguridad interpersonal y uso obligatorio de mascarillas.
Conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
- En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Bañón a veintinueve de julio de dos mil veinte.
El Alcalde Presidente,
Fdo. José Angel Sancho Marco